Preguntas frecuentes

Exención

Si no desea el Plan de Seguro Médico para Estudiantes, debe rechazar o renunciar a la cobertura mediante la presentación de una exención. Solo puede renunciar a la cobertura durante los siguientes Períodos de Exención:

Otoño - 15/07/2026 - 22/09/2026

Primavera - 12/01/2026 - 02/02/2027

Verano - 16/04/2027 - 21/06/2027

Requisitos de cobertura de atención médica y de evacuación/repatriación para estudiantes internacionales:

La cobertura de atención médica para estudiantes internacionales debe brindarse a través de un plan de salud individual o de empleador que cumpla con la Protección al Paciente y la Ley de Atención Médica Asequible (PPACA) y que cumpla con los requisitos federales mínimos de cobertura para ciertos visitantes de intercambio extranjeros establecidos en 22 CFR 62.14 (b) y (c) y (d).

  1. Dicho plan debe brindar una cobertura que, como mínimo:
    • Proporcione los beneficios mínimos esenciales requeridos por la PPACA sin límites anuales;
    • No contenga exclusiones por condiciones preexistentes;
    • Cubra el 100% de la atención preventiva según lo define la PPACA;
    • Imponga un deducible que no exceda los $500 por accidente o enfermedad;
    • No imponga disposiciones de coaseguro que excedan el 25% de los beneficios cubiertos por accidente o enfermedad; y
    • Está suscrito por una compañía de seguros que cumple con el requisito de 22 CFR 62.14(d)(1) u ofrecido o suscrito por una HMO calificada federalmente o un Plan Médico competitivo según lo determine el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU.
  2. Los planes que no cumplen con los requisitos de Cobertura de Atención Médica de esta póliza incluyen:
    • Planes de Duración Limitada a Corto Plazo; y
    • Otros planes de salud creados expresamente con el propósito de brindar cobertura a estudiantes internacionales y/o titulares de visas de no inmigrantes.
  3. La Cobertura de Evacuación/Repatriación para Estudiantes Internacionales debe brindar cobertura para:
    • Gastos de repatriación por un monto no menor a $25,000; y
    • Gastos asociados con la evacuación médica del asegurado a su país de origen por no menos de $50,000.

Los planes individuales proporcionados a través del Mercado de Seguros de Salud federal (o "Intercambio") o un Mercado de Seguros de Salud estatal (o "Intercambio") brindan cobertura que cumple con los requisitos de cobertura de atención médica de esta póliza.

Se concederá una exención a un estudiante internacional para cualquier semestre de inscripción en el que el estudiante:  

  • Elegible para, y como participante, del Plan de Salud Grupal para Empleados del Sistema de UT.
  • Capaz de demostrar que el estudiante cuenta con una cobertura respaldada por la plena confianza y crédito del gobierno del país de origen del visitante de intercambio y que se proporciona a través de un plan que cumple con la Ley de Cuidado de Salud Asequible (PPACA).
  • Patrocinado por el Gobierno de los EE. UU. u otra entidad patrocinadora que haya garantizado por escrito el pago de todos los gastos de salud, repatriación y evacuación.
  • Capaz de demostrar que el estudiante está inscrito en una cobertura de atención médica a través de otra fuente que cumple con los requisitos de los puntos 1 y/o 2 anteriores; o
  • Inscrito exclusivamente en clases a distancia en la institución.

 

Definiciones

Beneficios Mínimos Esenciales:Un paquete integral de beneficios y servicios que deben incluirse en una atención médica que cumpla con la PPACA, que incluye:

  • Servicios ambulatorios
  • Servicios de emergencia
  • Hospitalización (como cirugía)
  • Atención durante el embarazo, la maternidad y el recién nacido (atención a la madre y al bebé antes y después del nacimiento)
  • Servicios de salud mental y para trastornos por consumo de sustancias, incluyendo tratamiento de salud conductual, asesoramiento y psicoterapia
  • Medicamentos recetados
  • Servicios y dispositivos de rehabilitación
  • Servicios de laboratorio
  • Servicios preventivos y de bienestar, y manejo de enfermedades crónicas

 

Cobertura de Evacuación y Repatriación Cobertura adicional específica proporcionada para pagar los gastos asociados con el costo de la evacuación médica de un asegurado y el regreso de los restos de un asegurado fallecido al país de origen del asegurado.

Estudiante internacional: Un estudiante matriculado en una institución del Sistema UT que posee una visa de no inmigrante rastreada por el Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS), que no sea una visa de categoría F3. Un estudiante matriculado en un Sistema UT y que posee una visa de no inmigrante F1, F2, J1 o J2 es un “Estudiante internacional”.

Atención preventiva: Atención médica que debe ofrecerse a los participantes en la cobertura de salud sin costos de bolsillo para el afiliado al plan.

Los planes de duración limitada a corto plazo u otros planes de salud creados expresamente con el propósito de brindar cobertura a estudiantes internacionales y/o titulares de visas de no inmigrantes no cumplen con los requisitos de cobertura de atención médica descritos en la Sección 3.1(a) de esta póliza.

Inscripción en el Plan UT SHIP como requisito predeterminado

Los estudiantes internacionales serán inscritos automáticamente y se les aplicará una tarifa suficiente para cubrir el costo de la inscripción en UTSHIP. Esta inscripción incluirá la cobertura de atención médica y la cobertura de evacuación/repatriación que se ofrece a través de UTSHIP, a menos que la institución haya otorgado al estudiante internacional una exención, de conformidad con los requisitos.

Los estudiantes internacionales a quienes se les otorgue una exención según los requisitos de la Política del Sistema UT que utilicen una póliza de seguro que no incluya los requisitos de cobertura de evacuación/repatriación se inscribirán automáticamente en la Cobertura de Evacuación/Repatriación de UTSHIP (Academic Emergency Services [AES]) y se les cobrará una tarifa suficiente para cubrir el costo de esta inscripción.